Aprobación en el Congreso
La CURP biométrica será una realidad en México después de su aprobación en el Congreso.
La Cámara de Diputados aprobó en lo general, y en lo particular en sus términos, reformas y adiciones a la Ley General de Población.
¿Qué es la CURP biométrica?
La Clave Única de Registro de Población (CURP) es un identificador único compuesto por 18 elementos alfanuméricos que acredita la identidad de las personas mexicanas, pero también de residentes extranjeros con estancia legal en el país.
Es fundamental para garantizar derechos humanos dentro y fuera de México.
Hasta ahora, la CURP consta de nombre, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, entidad de nacimiento y documento probatorio.
Con los cambios aprobados a la Ley General de Población, la CURP incluirá los datos biométricos de huellas dactilares, escaneo del iris, fotografía y firma. Además, el sexo podrá cambiarse por género.
La Cámara de Diputados informó que la CURP biométrica será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional.
Formatos y trámite de la CURP biométrica
La CURP biométrica podrá tramitarse en formato físico, pero también estará disponible en versión digital a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
Será la Secretaría de Gobernación la encargada de integrar los datos biométricos a la CURP de las personas, en estricto apego a la normativa en materia de protección de datos personales.
También establecerá el Programa de Integración al Registro Nacional de Población e Identidad de los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes, en coordinación con autoridades de los tres órdenes de gobierno.
La CURP biométrica podrá vincularse con el Registro del Sistema Nacional de Salud para garantizar el acceso universal a la salud.
Asimismo, se establecerá una Plataforma Única de Identidad para la consulta, validación y gestión de la CURP que permita la integración de los datos, con el fin de crear el Servicio Nacional de Identificación Personal.
¿Cuándo entra en vigor la CURP con datos biométricos?
La CURP biométrica entrará en vigor a inicios de septiembre, noventa días después de que los cambios a la Ley General de Población y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas fueran publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Será la Secretaría de Gobernación la que indique los pasos a seguir para añadir los datos biométricos a la CURP.
Se espera que en enero de 2026 se abra la convocatoria para actualizar la CURP, mediante módulos especiales en registros civiles y oficinas gubernamentales.








